Panorama Político de Entre Ríos
Investigación

El dos veces gobernador de Entre Ríos, Sergio Daniel Urribarri cada vez más cerca de la cárcel

La Cámara de Casación de Entre Ríos confirmó la sentencia por corrupción dictada el año pasado contra el ex gobernador Sergio Daniel Urribarri. (Dibujo: NOVA)

La Cámara de Casación de Entre Ríos confirmó el miércoles pasado la sentencia por corrupción dictada el año pasado contra el ex gobernador Sergio Daniel Urribarri, condenado a ocho años de prisión e inhabilitación a perpetuidad para ejercer cargos públicos.

Definitivamente todas son malas noticias para el dos veces gobernador de Entre Ríos, el ejecutivo entrerriano le soltó la mano, no solo en la cuestión judicial, tambíen hizo lo propio en lo electoral, Sergio Urribarri no puede ser candidato en las elecciones de este año en una lista oficialista, de ahí el drástico cambio de timón de la campaña, siendo hoy el principal candidato su hijo, Mauro.

Desde un principio Gustavo Bordet, quien no sólo conduce los destinos de la provincia, también hace lo propio en lo relacionado a la lista del oficialismo de cara a las próximas elecciones, donde finalmente optó por Adán Bahl como pre candidato a sucederlo, dejó ex presamente señalado, previo a su viaje por Malasia entro otros destinos, que el apellido Urribarri, traccionaría la lista para abajo, cerrando de esta forma, cualquier posibilidad que este integre una lista oficial, de este modo, el ex gobernador se ve obligado a "presentar candidaturas" por fuera, utilizando el partido político de los Saá, Compromiso Federal.

La causa penal, titulada con el apellido del exgobernador entrerriano, juzgó además al exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, y el ex funcionario legislativo y pariente de Urribarri, Juan Pablo Aguilera, ambos condenados a seis años de prisión y la inhabilitación para ejercer cargos públicos.

Aguilera, cuñado de Urribari, fue acusado por ser funcionario público y al mismo tiempo, el dueño de las imprentas a la que se giraron los trabajos financiados con dinero público.

Cabe señalar que otras 11 personas también fueron investigadas por diversas irregularidades, en total 14 procesados. De las 14 personas que se sentaron en el banquillo, 5 fueron absueltas (una falleció en octubre de 2021) mientras transcurría el megajuicio.

El argumento principal de la acusación del Ministerio Público Fiscal en el megajuicio que sentó en el banquillo de los acusados al dos veces gobernador de Entre Ríos Sergio Daniel Urribarri y a otros 12 imputados a partir del 27 de septiembre de 2021 y que finalizó, el 7 de abril último, con la lectura del adelanto de sentencia, la gran cantidad de información hallada dentro de un disco extraíble hallado de modo fortuito durante un allanamiento practicado en 2016 a las empresas del cuñado Juan Pablo Aguilera, Tep SRL y Next SRL, ubicadas en calle Racedo, frente a las viejas instalaciones del Ferrocarril, fue hecha propia por el tribunal y convertida en pieza clave de las condenas. Sergio Urribarri resultó con una pena de 8 años de cárcel más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos al haberse probado su participación en cinco grandes causas de corrupción.

En el juicio quedó absolutamente probado que Urribarri y su ex ministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez, direccionaron durante el período imputado y con pleno conocimiento de su ilicitud las contrataciones de publicidad estática a las empresas cartelizadas que comandaba Aguilera, interesándose en beneficio de quien era nada menos que el cuñado del gobernador y funcionario público provincial y, además, como el propio Aguilera lo manifestó, el responsable de las campañas políticas de Urribarri y del partido que éste representaba. Sobre esta cuestión específicamente.

El fallo dice: "En razón de los relevantes cargos institucionales que ambos ostentaban en el Poder Ejecutivo de Entre Ríos, Urribarri el máximo en su calidad de Gobernador y Baez como Ministro de Cultura y Comunicación, tenían vedado interesarse en la contratación de publicidad para favorecer claramente a Juan Pablo Aguilera, con quien mantenían trato asiduo familiar y político, y no podían desconocer por esa íntima relación personal que Aguilera era funcionario público y el dueño real de Tep y Next".

En la extensa argumentación en la denominada "causa de la vaca", que ubicó al cuñado Aguilera, a Urribarri y a Baéz, el tribunal señaló oportunamente: "En conclusión, el abundante cuadro probatorio cargoso analizado bajo las reglas de la sana crítica racional ha logrado demostrar con el grado de certeza que requiere una sentencia condenatoria tanto la materialidad de los hechos como la autoría y/o participación atribuidas a Urribarri, Báez, Aguilera, Corina Cargnel, (Emiliano) Giacopuzzi, Luciana Almada y (Gustavo) Tamay en los términos en que formuló su acusación el Ministerio Público Fiscal, como titular de la acción penal, derribando el estado constitucional de inocencia del que goza todo ciudadano".

El parador marplatense y los retornos

Finalmente se entendió probada la hipótesis de la Fiscalía de que el Parador playero instalado en Mar del Plata en enero de 2015 fue para promocionar la precandidatura de Urribarri y no para el turismo entrerriano. La instalación costó 14.561.870,00.

Además se constataron irregularidades en la contratación de la firma El Juego en que Andamos, del empresario Gerardo Caruso; y también entendieron probado que este hizo un retorno de dinero para la campaña proselitista de Urribarri.

Indican que en este caso se advierte una licitación “simulada” con la firma Castromil SRL. “Refuerza tal convicción, la compra de los pliegos de la licitación, pues en fecha 18/12/14 fueron comprados en la Casa de Entre Ríos en Buenos Aires para ambas firmas en forma conjunta y por personas vinculadas a El Juego en que Andamos S.R.L.”, indican y mencionan a dos personas que son cuñados entre sí que adquirieron los pliegos para ambas empresas.

“La prueba hasta aquí analizada acredita de manera irrefutable el direccionamiento de la contratación de la firma de El Juego en que Andamos S.R.L. en el proceso licitatorio, como así también el real propósito de la instalación del Parador en la ciudad de Mar del Planta, su verdadera finalidad, a saber: instalar, posicionar la imagen de Urribarri como precandidato a presidente de la Nación, teniendo como norte las elecciones del año 2015, en el marco de la comprobada campaña que concomitantemente se desarrollaba a tal fin”.

Los otros condenados

A Pedro Ángel Báez, exministro de Cultura y Comunicación, exdiputado provincial del PJ, por la comisión en calidad de autor de los delitos de peculado en concurso ideal con negociaciones incompatibles con la función pública, 4 hechos, le pidieron la pena de 10 años de cárcel, más la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La condena fue de 6 años y 6 meses de prisión, más la inhabilitación absoluta perpetua y multa por 90 mil pesos.

A Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri, funcionario del Senado de Entre Ríos, como partícipe necesario de los delitos de peculado ynegociaciones incompatibles con la función pública en concurso ideal, en dos hechos, le fue solicitada una pena de 10 años de prisión. Además, la accesoria de la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Fue condenado a 6 años y 6 meses de cárcel. Además, la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos y multa por 180 mil pesos.

A Corina Elizabeth Cargnel, contadora de las empresas Next SRL y Tep SRL, que se adjudican al cuñado Aguilera, se la acusa como partícipe necesaria de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública en 2 hechos. Por esos hechos, la Fiscalía pidió para Cargnel 8 años de cárcel, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Pero el tribunal consideró excesiva la pena pedida por Fiscalía y le aplicó 3 años de prisión condicional -no va a la cárcel- e inhabilitación absoluta perpetua. Además, deberá pagar una multa de $90 mil.

A Gustavo Rubén Tamay, en carácter de partícipe necesario de los delitos de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal, Fiscalía pide la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. Le aplicaron 3 años de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua, más pago de multa de 90 mil pesos.

A Luciana Belén Almada, esposa de Aguilera, también acusada de ser “testaferro”, le achacan en carácter de partícipe secundaria el delito de peculado y el de negociaciones incompatibles en concurso ideal y piden la pena de 3 años de prisión de carácter condicional, y la inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La pena aplicada 2 años y 6 meses de ejecución condicional, inhabilitación absoluta perpetua y multa de 90 mil pesos.

A Emiliano Oscar Giacopuzzi, acusado por Fiscalía de ser “testaferro” de Aguilera, se le imputa como partícipe secundario del delito de peculado y negociaciones incompatibles en concurso ideal y se pidió para él la pena de 4 años de prisión e inhabilitación absoluta perpetua para ejercer cargos públicos. La pena aplicada por el tribunal es de 2 años y 6 meses de ejecución condicional, inhabilitación absoluta perpetua y multa de $90 mil.

A Germán Esteban Buffa, el empresario suertudo que obtuvo una pauta publicitario del Estado antes de que pudiera constituir su empresa, Global Menas, y que fue parte del gerenciamiento de El Diario, de Paraná, como partícipe necesario en el delito de negociaciones incompatibles con la función pública, Fiscalía pide una pena de 3 años de ejecución condicional y la inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. El tribunal le aplicó la pena de 1 año y 2 meses de prisión condicional e inhabilitación absoluta perpetua.

Al empresario Gerardo Daniel “Foia” Caruso el Ministerio Público Fiscal lo imputó como partícipe necesario en la comisión del delito de peculado y negociaciones incompatibles con la función pública, en concurso ideal. Y pidió la pena de 5 años de prisión y la inhabilitación absoluta perpetua. El tribunal le aplicó la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación absoluta perpetua y el pago de una multa de 90 mil pesos.

El tribunal fijó también como regla de conducta para Cargnel, Tamay, Luciana Almada, Giacopuzzi, Buffa y Caruso, por el término de dos años, la fijación de domicilio, que no podrán variar sin autorización judicial, con la obligación de compararecer ante la Oficina de Medios Alternativos (OMA) del Poder Judicial, "con la frecuencia que este organismo aconseje", y la realización de tareas no remuneradas, a razón de 8 horas mensuales, que serán fijadas desde Tribunales.

La OMA quedará a cargo del control del efectivo cumplimiento de dichas reglas, que deberá elevar la propuesta a este tribunal, y receptado dicho informe, deberá labrarse por OGA (Oficina de Gestión de Audiencias) acta compromisoria.

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